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Visados Para Trabajadores Religiosos

Abogados de Inmigración de Empleo en Coppell

La fundación para el bufete de abogados de inmigración de Christensen Immigration Attorneys comenzó con los dos años que el abogado Nathan Christensen pasó viviendo en Honduras y trabajando como voluntario con su iglesia. Debido a esta experiencia, tenemos un lugar especial en nuestros corazones para las personas interesadas en venir a los Estados Unidos como trabajadores religiosos. Disfrutamos de las bendiciones que se obtienen al ayudar a las personas a obtener visas de trabajadores religiosos.


Nuestros abogados pueden ayudarle a determinar si este tipo de visa está disponible para su situación. Para una consulta inicial, llame a la página de la página (972) 497-1017.


Requisitos Temporales de Visa R-1

Hay dos maneras de venir a los Estados Unidos como un trabajador religioso, incluyendo una visa temporal y la residencia permanente. Para ser elegible para una visa temporal, un extranjero debe ser empleado temporalmente por una organización religiosa o una organización afiliada a una denominación religiosa de los Estados Unidos. La persona debe trabajar como ministro o en una ocupación religiosa. La denominación debe haber sido miembro de una organización religiosa sin fines de lucro legítima en los Estados Unidos durante un mínimo de 2 años antes de presentar una petición para una visa temporal R-1. El cónyuge de los trabajadores religiosos y los hijos menores de 21 años también pueden venir a los Estados Unidos con una visa R-2.

Petición a Través de Una Organización Religiosa de Residencia Permanente

Ministros y otras personas que trabajan en ocupaciones religiosas se les puede conceder la residencia permanente con el fin de realizar trabajos religiosos a tiempo completo. Para calificar, el puesto debe ser compensado, a tiempo completo, y el extranjero debe cumplir con otros requisitos de elegibilidad.

Una posición compensada a tiempo completo incluye:

  • Un ministro de la organización religiosa de la que es miembro
  • En calidad profesional o no profesional en una vocación religiosa
  • En una ocupación religiosa profesional o no profesional

Antes de solicitar cualquiera de las visas, su iglesia debe reunir cualquier información necesaria para demostrar que es una organización religiosa legítima y tiene la capacidad de proporcionar la compensación requerida. Aquellos que solicitan cualquiera de las visas a menudo buscan la ayuda de un abogado de inmigración de Coppell con experiencia. Hemos obtenido con éxito muchas visas de trabajadores religiosos para nuestros clientes.


Le recomendamos que se ponga en contacto con nosotros en la sección (972) 497-1017 para saber si su iglesia califica para las visas de trabajadores religiosos.


Somos una familia que trabaja y celebra juntos

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Testimonios de Nuestros Clientes

  • "Siempre estubieron al tanto y durante todo este proceso realmente sentí que estaban allí para nosotros y que sinceramente se preocuparon por el caso de mi mama."
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